OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA
Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada la información prevista en los artículos 65 y 66 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas, los cuales establecen lo siguiente:
De las Obligaciones Comunes
Artículo 65
Los Sujetos Obligados pondrán a disposición del público en general y mantendrán actualizada de manera regular y permanente, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus atribuciones, facultades, competencias y funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
- El marco normativo aplicable al Sujeto Obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios y políticas, entre otros;
- Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada persona servidora pública y prestadora de servicios profesionales o miembros de los Sujetos Obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables;
- Las atribuciones, facultades, competencias y funciones de cada área u órgano administrativo;
- Las metas y objetivos de las áreas u órganos administrativos, de conformidad con sus programas operativos;
- Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que, conforme a sus atribuciones, facultades, competencias y funciones, deban establecer, así como los que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados;
- El directorio de todas las personas servidoras públicas, a partir del nivel de jefatura de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen o ejerzan actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos, el nombre, cargo o nombramiento asignado, el nivel del puesto en la estructura orgánica y la fecha de alta en el cargo, así como número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales o institucionales;
- La remuneración bruta y neta de todas las personas servidoras públicas de base y de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración;
- Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente;
- El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada área u órgano administrativo;
- Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de las personas prestadoras de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación;
- La versión pública de las declaraciones patrimoniales de las personas servidoras públicas en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, en los sistemas habilitados para ello;
- El domicilio y otros datos de contacto de la Unidad de Transparencia, además del medio electrónico en el que podrán presentarse y recibirse las solicitudes para obtener la información;
- Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos, en los sistemas o medios habilitados para ello, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
-
Los programas, subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, y que deberá contener lo siguiente:
- a)Área u órgano administrativo;
- b)Denominación del programa;
- c)Periodo de vigencia;
- d)Diseño, objetivos y alcances;
- e)Metas físicas;
- f)Población beneficiada estimada;
- g)Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;
- h)Requisitos y procedimientos de acceso;
- i)Procedimiento de queja, denuncia o inconformidad ciudadana;
- j)Mecanismos de exigibilidad;
- k)Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;
- l)Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición y nombre o denominación de las bases de datos utilizadas para su cálculo;
- m)Formas de participación social;
- n)Articulación con otros programas sociales;
- o)Vínculo a las reglas de operación o documento equivalente;
- p)Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas, y
- q)Padrón de personas beneficiarías, mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación o razón social de las personas morales beneficiarlas, así como el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo.
- Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y que estos ejerzan como recursos públicos;
- La información curricular, desde el nivel de jefatura de departamento o equivalente, hasta la titularidad del Sujeto Obligado;
- El listado de personas servidoras públicas con sanciones administrativas firmes, especificando la causa de sanción y la disposición, de conformidad a lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables;
- Los servicios y trámites que ofrecen, incluyendo sus requisitos, en los sistemas o medios habilitados para ello, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
- La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de lo previsto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás disposiciones jurídicas aplicables;
- La información relativa a la deuda pública, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
- Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial que permita identificar el tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña;
- Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada Sujeto Obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
- El resultado de la dictaminación de los estados financieros;
- Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen o ejerzan actos de autoridad; Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
- Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando las personas titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o denominación o razón social de la persona titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos;
-
Los resultados de los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:
- a)De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
- 1.La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
- 2.Los nombres de las personas participantes o invitadas;
- 3.El nombre de la persona ganadora y las razones que lo justifican;
- 4.El área u órgano administrativo solicitante y el responsable de su ejecución;
- 5.Las convocatorias e invitaciones emitidas;
- 6.Los dictámenes y fallo de adjudicación;
- 7.El contrato y, en su caso, sus anexos;
- 8.Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
- 9.La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;
- 10.El origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;
- 11.Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados precisando el objeto y la fecha de celebración;
- 12.Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;
- 13.El convenio de terminación, y
- 14.El finiquito.
- b)De las adjudicaciones directas:
- 1.La propuesta enviada por el participante;
- 2.Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
- 3.La autorización del ejercicio de la opción;
- 4.En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de proveedores y los montos;
- 5.El nombre de la persona física o la denominación o razón social de la persona moral adjudicada;
- 6.El área u órgano administrativo solicitante y el responsable de su ejecución;
- 7.El número, la fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;
- 8.Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
- 9.Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;
- 10.El convenio de terminación, y
- 11.El finiquito.
- a)De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
- Los informes que generen de conformidad con las disposiciones jurídicas;
- Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus atribuciones, facultades, competencias y funciones;
- Los informes de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero;
- El padrón de proveedores y contratistas en los sistemas o medios habilitados para ello, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
- Los convenios de colaboración, coordinación y concertación con los sectores público, social y privado;
- El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad;
- Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención;
- Las resoluciones que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;
- Los mecanismos de participación ciudadana;
- Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
- Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia;
- Las evaluaciones y encuestas a programas financiados con recursos públicos;
- Los estudios financiados con recursos públicos;
- El listado de personas jubiladas y pensionadas, así como el monto que reciben;
- Los ingresos recibidos por cualquier concepto, señalando el nombre de las personas responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino;
- Las donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;
- El programa anual de desarrollo archivístico y el informe anual de cumplimiento del mismo, así como el cuadro general de clasificación archivística, el catálogo de disposición documental, el índice de expedientes clasificados como reservados, los inventarios documentales y la guía simple de archivo o documental;
- Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que, en su caso, emitan los consejos consultivos;
- El listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente, y
- Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, así como la que se encuentre prevista en otras disposiciones jurídicas aplicables.
Los Sujetos Obligados deberán informar a la Autoridad Garante competente, de forma fundada y motivada, cuáles son las fracciones de este artículo que les resultan aplicables, para efecto de que dicha autoridad las valide.
Una vez que cuenten con la validación de referencia, los Sujetos Obligados procederán a publicarlas en la Plataforma Nacional.
De las Obligaciones Específicas
Artículo 66
Además de las obligaciones de transparencia comunes señaladas en el artículo 65 de la presente Ley, los Sujetos Obligados competentes del Poder Ejecutivo del Estado deberán poner a disposición del público en general y actualizar de manera regular y permanente, en los respectivos medios electrónicos, conforme al ámbito de su competencia, las siguientes obligaciones específicas:
- El Plan Estatal de Desarrollo;
- El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados;
- Las expropiaciones decretadas y ejecutadas, que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales;
- El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyentes a quienes se les hubiera cancelado o condonado créditos fiscales, así como los montos respectivos;
- El nombre de las personas a quienes se les habilitó para ejercer como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que, en su caso, se les hubieran aplicado.
- Los planes de desarrollo urbano y ordenamiento territorial y ecológico;
- Los proyectos de disposiciones administrativas, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, en términos de lo previsto en la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado y los Municipios de Chiapas;
- El Periódico Oficial del Estado;
- La cartera de programas y proyectos de inversión en materia hacendaria;
- Para efectos estadísticos, la lista de estímulos fiscales establecidos en los ordenamientos fiscales o hacendarios, identificados por acreditamientos, devoluciones, disminuciones, y deducciones, tanto de personas físicas como morales, así como su porcentaje;
- El número de centros penitenciarios o centros de tratamiento para adolescentes, indicando su capacidad instalada ubicación y la función de los espacios físicos de infraestructura con los que cuentan;
- La estadística de los procesos de control de confianza desagregada por institución;
- La incidencia delictiva del fuero local, desagregada por tipo de delito, así como el número de víctimas desagregado por sexo y rango de edad;
- En lo que respecta a los recursos naturales, el listado de especies originarias del Estado que se encuentren en situación de riesgo, por grupo taxonómico;
- El listado de la vegetación natural del Estado, por ecosistema y superficie;
- El inventario estatal de plantas municipales de potabilización y tratamiento de aguas residuales;
- La información general acerca de los árboles históricos y notables de la entidad;
- El listado de apoyos otorgados en materia de agricultura, ganadería, pesca o alimentación, que contenga municipio, población o localidad, así como la descripción o monto del apoyo y el número de personas beneficiarias distinguidas por género;
- El listado de activos y unidades económicas de pesca y acuacultura, que contenga embarcaciones, granjas, laboratorios y tipo de actividad;
- El listado de agronegocios, empresas rurales y productores que reciben incentivos por parte del Estado;
- El listado de regiones de carreteras y caminos del Estado que contemple la zona, el tramo y los puentes;
- El catálogo de los centros de trabajo de carácter educativo en la educación inicial, básica, media básica, media superior, superior, especial y formación para el trabajo, incluyendo la información relativa a su situación geográfica, tipo de servicio que proporciona y estatus de operación;
- El listado del personal que presta sus servicios en los sistemas de educación pública básica, media básica, tecnológica y de adultos, cuyas remuneraciones se cubren con cargo a recursos públicos estatales;
- El padrón de personas beneficiarias de las becas otorgadas con recursos públicos estatales, así como los procedimientos y requisitos para obtenerlas, desagregado por nombre, tipo, fecha de inicio y término de la beca y área del conocimiento, así como el monto otorgado;
- El catálogo de museos estatales, que contenga su nombre, ubicación, horarios, temática tratada, servicios disponibles y cuota de acceso o recuperación;
- El listado de los hospitales, clínicas y centros de salud públicos que existen en la entidad, desagregados por nombre, especialidad, dirección y número telefónico;
- El número de trabajadores asegurados en el Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas;
- La información estadística sobre las actividades económicas vinculadas al turismo, como número de turistas nacionales e internacionales y derrama económica;
- La información correspondiente a destinos turísticos en la entidad, con estadísticas sobre actividades turísticas;
- La información estadística sobre ocupación hotelera en la entidad, y
- El listado de prestadores de servicios turísticos en la entidad.